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SCJN ordena a Oaxaca traducir al zapoteco ley para prevenir la violencia contra las mujeres

SCJN ordena a Oaxaca traducir al zapoteco ley para prevenir la violencia contra las mujeres

El fallo favorable se origina en la queja ciudadana que evidenció la omisión de las autoridades respecto los derechos de las mujeres indígenas.

El fallo favorable se origina en la queja ciudadana que evidenció la omisión de las autoridades respecto los derechos de las mujeres indígenas.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a una indígena y ordenó a las autoridades de Oaxaca traducir a la lengua zapoteco la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género (LEAMVLV) para que esta pueda ser conocida por comunidades de la región.

María Fernanda Hernández Morales, de origen zapoteco, promovió un amparo, ya que –sostuvo- las autoridades han sido omisas en traducir y difundir la LEAMVLV a todas las lenguas indígenas de Oaxaca.

Dicho asunto fue atraído por la SCJN y turnado a la ministra Lenia Batres, quien propuso conceder la protección de la justicia a la joven; por tanto, el proyecto fue aprobado por unanimidad.

Luego de este fallo la Secretaría de Interculturalidad, Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (SIPCIA), así como la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca (Semujeres), con apoyo del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), deberán de realizar la traducción del texto íntegro de la LEAMVLV, al zapoteco del Valle de Oaxaca.

Antecedentes del fallo favorable

La jueza Claudia Citlali Fuentes Flores - Segundo de Distrito en el Estado de Oaxaca- resolvió en su momento que la omisión vulneraba derechos de las mujeres indígenas; sin embargo, en su sentencia solo ordenó la traducción y difusión de una síntesis de la ley al zapoteco del Valle de Oaxaca.

Por ello, María Fernández interpuso un recurso de revisión, demandado una traducción integra. En el proyecto aprobado, la ministra Batres expuso que el artículo 4to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencia y el Estado tiene deberes reforzados de protección con las mujeres.

Adicionalmente se impone el deber de la Federación, las entidades federativas y los municipios de promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar prácticas discriminatorias, estableciendo las políticas necesarias para garantizar la vigencia de sus derechos y desarrollo integral.

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