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Revocación de Mandato en Oaxaca: Esto dijo el gobernador Salomón Jara del inédito proceso

Revocación de Mandato en Oaxaca: Esto dijo el gobernador Salomón Jara del inédito proceso

Con la reciente reforma del Congreso local, la autoridad electoral cuenta con 30 días para realizar todas las fases previas a la jornada comicial.

Con la reciente reforma del Congreso local, la autoridad electoral cuenta con 30 días para realizar todas las fases previas a la jornada comicial.

El gobernador Salomón Jara Cruz avaló la reforma a la Ley de Revocación de Mandato, realizada por el Congreso de Oaxaca, que acorta tiempos para que la población defina el rumbo del Estado para los próximos 3 años.

"Ahora como Gobernador, me comprometí a seguir el ejemplo del expresidente Andrés Manuel López Obrador, porque estoy convencido de que el pueblo siempre debe tener la última palabra".

Con los cambios aprobados por los diputados locales, el periodo de organización de este ejercicio democrático, a cargo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y el Instituto Nacional Electoral (INE), se recortó de 90 a 30 días.

Jara Cruz dio su respaldo a cualquier reforma que tenga por objeto fortalecer y facilitar el ejercicio de los derechos a las y los oaxaqueños, porque, insistió “el pueblo pone, el pueblo quita”.

Etapas de la Revocación de Mandato

Geovany Vásquez Sagrero, titular de la Consejería Jurídica y Asistencia Legal del Gobierno de Oaxaca, explicó las etapas que conlleva el proceso de revocación de mandado:

  1. Primera etapa: IEEPCO emitirá del 1 al 10 de octubre los formatos oficiales y lineamientos para el proceso de recabar las firmas necesarias para solicitar la revocación.

Del 1 al 30 de noviembre, los ciudadanos de manera organizada y pública, recabarán dichos apoyos, los cuales deben representar el 10 por ciento del listado nominal del estado de Oaxaca, en 286 municipios.

En un plazo de 30 días contados a partir del 2 de diciembre, fecha en la que culmina la primera mitad de mandato del titular del Poder Ejecutivo; la ciudadanía presentará al órgano electoral local la solicitud para el proceso de revocación, acompañada con las firmas previamente obtenidas.

  1. Segunda etapa. IEEPCO revisará en un plazo de 10 días que dicha petición ciudadana cumpla los requisitos que exige la normatividad en la materia; una vez cumplido, en los próximos 3 días, deberá emitir la convocatoria de consulta.

Vásquez Sagrero afirmó que, a partir de entonces, corre el periodo de 30 días para cumplir con todas las fases de organización electoral, hasta el día de la jornada. Al concluir esta última, añadió, se procederá al cómputo de resultados y declaración de validez por parte del Instituto Estatal Electoral.

  1. Tercera etapa. Los ciudadanos podrán iniciar los procesos de impugnación ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, que avanzará conforme a sus tiempos.

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