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TEEO desecha impugnaciones de PT, PRD y MC por revocación de mandato en Oaxaca

TEEO desecha impugnaciones de PT, PRD y MC por revocación de mandato en Oaxaca

Los partidos habían impugnado el cómputo final y la declaratoria de resultados de la jornada del 25 de enero.

Los partidos habían impugnado el cómputo final y la declaratoria de resultados de la jornada del 25 de enero.

El Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca resolvió declarar improcedentes los recursos de inconformidad y apelación presentados por Partido del Trabajo (PT), Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC) en contra del cómputo final y la declaratoria de resultados del proceso de revocación de mandato al que sometió el gobernador Salomón Jara Cruz el domingo 25 de enero.

La magistrada Gloria Ángeles Cruz expuso en su proyecto que la razón principal para desechar esto recursos es la baja participación ciudadana, ya que apenas alcanzó el 29.91% de la lista nominal; es decir, 935 mil 500 votos frente a un padrón de 3 millones 127 mil 753 ciudadanos, lo que refleja una participación por debajo del 40% que exige la Constitución Política del Estado de Oaxaca para que el ejercicio sea vinculante.

Como no se superó el umbral el TEEO determinó que aun si se analizaran y acreditaran todas las nulidades solicitadas y se modificara el cómputo, sería matemáticamente imposible alcanzar el porcentaje constitucional requerido.

Sin embargo, la magistrada Cruz López propuso dar vista a la Comisión de Quejas y Denuncias del IEEPCO para que, en el ámbito de sus atribuciones, determinara lo que en derecho procediera, lo que no fue respaldado por la magistrada presidenta Sandra Pérez Cruz ni por la magistrada Fátima Susana Toledo Gonzaga, ya que al no haberse entrado al fondo del asunto, sería incongruente dar intervención a la comisión.

Lo que debes saber de la resolución

  1. La participación en la revocación de mandato fue del 29.9% de la lista nominal.
  2. El porcentaje de participación exigido por la Constitución de Oaxaca es del 40%.
  3. Se consideró jurídicamente inviables los recursos promovidos por PT, PRD y MC.
  4. TEEO declaró improcedentes los recursos de apelación e inconformidades.

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