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“Si el pueblo lo decide, me voy a mi tierra a descansar”: Jara Cruz se someterá a la revocación de mandato

“Si el pueblo lo decide, me voy a mi tierra a descansar”: Jara Cruz se someterá a la revocación de mandato

Los ciudadanos oaxaqueños podrán decidir si el actual Gobernador de Oaxaca se mantiene o no al frente, pero a partir de diciembre del 2025, una vez que cumpla su tercer año de gestión.

Los ciudadanos oaxaqueños podrán decidir si el actual Gobernador de Oaxaca se mantiene o no al frente, pero a partir de diciembre del 2025, una vez que cumpla su tercer año de gestión.

Salomón Jara Cruz, quien asumió como Gobernador de Oaxaca el 22 de diciembre de 2022, se someteré a la revocación de mandato, una iniciativa que él mismo promovió; este proceso podrá llevarse a cabo una vez cumplido su tercer año de gobierno, lo que se cumplirá en diciembre de 2025; es decir, durante los tres meses posteriores.

"Me voy a someter a la revocación del mandato; lo voy a hacer porque presenté la iniciativa. Ningún gobernante, de los que están aquí en los cuadros, desde Alejandro (Murat) para atrás… no presentó ninguna iniciativa... no tienen ninguna cultura democrática, amor al pueblo. ¿Cómo se van a someter a la consideración del pueblo? ¡Imagínense que Ulises Ruiz (2004-2010) se hubiera sometido a la consideración del pueblo, a la revocación de mandato".

Jara Cruz recordó que fue él quien presentó esta iniciativa que hizo posible la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Oaxaca, en seguimiento a lo que el presidente Andrés Manuel López Obrador hizo en su momento a nivel federal.

"Yo presenté esta iniciativa de ley a la Cámara de Diputados de la legislatura pasada, la aprobaron y ni modos de que yo me eche para atrás. Sé que otros estados de la República también presentaron la iniciativa (y) no los veo con ganas. Nosotros sí lo vamos a hacer. El puebla pone, el pueblo quita. Si yo no logro tener la aceptación, lo que diga el pueblo, me voy a mi tierra a descansar, pero si el pueblo dice que tenemos que seguirle, vamos a seguirle".

¿Qué dice la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Oaxaca?

Entre los artículos relevantes de la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Oaxaca están dos, que dan una idea clara de los pasos a seguir para hacer posible esta figura que hace posible relevar de sus funciones a un funcionario público, en este caso un gobernador.

  1. Artículo 7. El inicio del proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de la ciudadanía en un número equivalente, al menos, del diez por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a la mitad más uno de los municipios.
  2. Artículo 9. El inicio del proceso de revocación de mandato podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de la persona titular de la Gubernatura del Estado.
  3. Artículo 11. Las ciudadanas y ciudadanos interesados en presentar la solicitud, deberán informar su intención al Instituto, durante el primer mes posterior a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de la persona que ostente la titularidad del Gubernatura del Estado. A ese efecto, podrán recabar firmas para la solicitud de revocación de mandato durante el mes previo a la fecha señalada anteriormente.

¿Dónde consultar la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Oaxaca?

Podrás consultar de forma íntegra cada uno de los artículos de la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Oaxaca en este apartado que te compartimos, para que conozcas el procedimiento vigente, al cual Salomón Jara anunció se someterá en el año 2026, una vez que haya cumplido sus primeros tres años de gestión.

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